El Fallo de la Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial en autos "Astesiano c. Gianina" es uno de los leading cases en materia de desestimación de la personalidad jurídica en el derecho argentino.
Este blog pretende acercar material de interés sobre diferentes aspectos del derecho societario. Espero que el mismo les sea de utilidad, y los invito a participar de las discusiones, realizar aportes y enviar propuestas. La documentación, información y opiniones vertidas tienen una finalidad estríctamente académica y no implican consejo o recomendación profesional
martes, 7 de enero de 2014
SCBA - Alcazar Construcciones s. Incidente de Revisión
En el fallo Alcazar Construcciones, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires debatió la distinción entre sociedad irregular y sociedad en formación.
miércoles, 11 de diciembre de 2013
CNAC - Sala F - MICROOMNIBUS CIUDAD DE BUENOS AIRES SATCI C/MARTINEZ DANIEL S/ ORDINARIO
En éste fallo, la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial admite la posibilidad de recurrir a la exclusión del socio en las sociedades por acciones.
CSJN Rectificaciones Rivadavia c. AFIP - Pagos de impuestos del socio con crédito fiscal de la sociedad
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, haciendo propios los argumentos vertidos en el Dictamen de la Procuración General, consideró válido el pago realizado por una sociedad -empleando crédito fiscal de libre disponibilidad- del impuesto sobre los bienes personales que recae sobre las tenencias accionarias del socio.
La sentencia de la Corte, sin embargo, contiene una disidencia muy interesante de la Dra. Highton de Nolasco, quien se inclina por el criterio opuesto.
CSJN Palomeque c. Benemeth - Desestimación de la personalidad jurídica
En el fallo dictado en autos "Recurso de hecho deducido por Gabriel Lipovetzky, Jacobo Lipovetzky y Sergio Lipovetzky en la causa Palomeque, Aldo René c/ Benemeth S.A. y otro", la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo propios los fundamentos del Dictamen del Procurador General, fijando un criterio restrictivo para la aplicación del instituto de la desestimación de la personalidad jurídica.
El fallo ha sido materia de reiterados análisis, en virtud de la postura fijada por la Corte.
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