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martes, 9 de abril de 2019

CCAFed - Sala I - Swiss Medical c. AFIP s. Reorganización Libre de Impuestos

En éste fallo, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Revocó el fallo de primera instancia que -sosteniendo las validez de resoluciones del organismo de recaudación tributaria- había denegado el acogimiento de la actora al régimen de reorganización libre de impuestos previsto en la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Para así decidir, entendió acreditado -principalmente por la pericia contable- que la actora integraba un grupo económico con las empresas absorbidas (tenía una participación superior al 99% en el capital social de estas), por lo que no aplicaba el requisito de continuidad de la actividad previsto en el apartado II del artículo 105 del Decreto Reglamentario, sin perjuicio de lo cual, también entendió acreditado este extremos.
Entre las conclusiones se destaca que en el caso "Se produce una restructuración de las sociedades reorganizadas, donde la transferencia de los patrimonios involucrados comprende la misma riqueza económica, sin que se observe ni se denuncie, participación de terceros que puedan usufructuar ese beneficio.", lo que justifica el beneficio de neutralidad impositiva reconocido por la norma.
Entre los precedentes invocados, se cita el caso "Frigorífico Paladini", también publicado en el blog.

miércoles, 7 de noviembre de 2018

CCAFed - Sala IV - Merno S.A. c. AFIP s. Reorganización Libre de Impuestos

En éste fallo, la Sala IV de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal trató un caso de reorganización libre de impuestos.
En el particular, una sociedad prestadora de servicios de salud escindió parte de su patrimonio para conformar otra cuyo objeto era ser titular de un inmueble habilitado como establecimiento geriátrico, el cual alquilaba a la primera.
La Sala entendió que esto importaba la realización de una actividad vinculada que habilitaba la aplicación del artículo 77 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, por lo cual decretó la nulidad de la resolución del organismo de recaudación tributaria que había rechazado la solicitud de acogimiento a dicho régimen por parte de la actora.

martes, 26 de abril de 2016

CSJN - Frigorífico Paladini SA - Reorganización Libre de Impuestos

En éste fallo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, siguiendo el dictamen de la Procuración General, admitió que una operación de fusión por absorción sea comprendida en el régimen de reorganización libre de impuestos.
Al así decidir, el máximo tribunal revocó los pronunciamientos de primera y segunda instancia, que habían avalado el criterio expresado por la AFIP, según el cual la operación de fusión (Art. 77 inc. a de la Ley N° 20628) no era pasible de acceder al referido encuadramiento, ya que la entidad absorbida no cumplía con los requisitos previstos en los incisos I) y III) del artículo 105  el Decreto Reglamentario N° 1344/98 (empresas en marcha y actividades vinculadas).
La Procuración General entendió que aunque la compañía presentó un encuadramiento alternativo (optando por el inciso "c" en lugar del inciso "a" del referido art. 77) recién en instancia de recurso administrativo, el principio de formalismo atenuado consagrado en la Ley N° 19549 exime al administrado de formas sacramentales e impide que pierda su derecho por no haber solicitado el encuadre desde el inicio de la presentación.
Asimismo señaló que la realidad económica evidenciaba un claro conjunto económico entre las sociedades fusionadas.

martes, 23 de febrero de 2016

CNACAFed - Sala V - BBVA Banco Francés c. AFIP - DGI - Reorganización Libre de Impuestos

En éste fallo, la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia de primera instancia y declaró la nulidad de las resoluciones del organismo de recaudación tributaria que rechazaron el procedimiento de reorganización libre de impuestos solicitado por la actora.
Uno de los aspectos centrales a determinar fue la postura planteada por AFIP respecto de que en una reorganización libre de impuestos la contraprestación de las transferencias debía consistir en títulos representativos del patrimonio que se transfiere, a diferencia de lo que sucedía en el caso, en el que se realizaron transferencias de bienes contra efectivo (compraventas). Sobre el particular, la Sala entendió que la postura esgrimida por AFIP no surgía expresa de la norma, sino de una interpretación dogmática del organismo, por lo que resulta una violación al principio de legalidad que rige en materia tributaria.