miércoles, 13 de agosto de 2014

CNCom - Sala B - Bustelo c. Aguirre

En éste fallo de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial se trató el caso de una impugnación de decisión asamblearia.
En primera instancia se determinó que si el cedente de cuotas sociales era -además- gerente de la sociedad, la operación le es oponible a ésta desde el mismo acto. 
Asimismo se definió que si la impugnación de decisión asamblearia se interpuso transcurridos los tres meses previstos en el artículo 251 LSC, sin que medien vicios que dan lugar a nulidades absolutas, no corresponde hacer lugar a la acción por extemporánea. 
Por último, se señaló que no pueden impugnar la asamblea los socios que votaron a favor en la misma, si no se acredita un vicio en la voluntad.
Por su parte, la Cámara distinguió entre normas disponibles e imperativas, y a su vez, dentro de estas últimas, entre aquellas que son de orden público y las que no. Considera que la violación de lo prescripto en el art. 159 de la Ley N° 19550 importa el apartamiento de una norma que es imperativa, pero no de orden público, por lo tanto no da lugar a nulidades absolutas.

Agregó que los vicios de la voluntad que pudieran haber padecido los socios al momento de votar deben introducirse en primera instancia y probarse adecuadamente.

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